Exp. Nro.
Sec. Sr.
Escrito Nro. 01.
Sumilla: solicita audiencia de Tutela de Derechos
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TURNO DE CHICLAYO
PAVEL BONILLA CÁCERES, Abogado Defensor de los señores Aleida Sánchez Morales y Víctor Raúl Torres Gamonal, ambos investigados por el supuesto delito de resistencia a la autoridad en agravio de el Estado, a Usted en derecho digo:
Que, al amparo del inciso uno del artículo 71º del Código Procesal Penal y habiendo sido designado Abogado defensor de los señores nombrados en el exordio del presente escrito, me APERSONO a la instancia señalando mi domicilio procesal sito en las oficinas de Defensoría de oficio ubicado en la intersección de la Calle Elías Aguirre con Daniel A. Carrión. 2do piso -Chiclayo. Piso.
Asimismo acudo a su Despacho a efectos de solicitar TUTELA DE DERECHOS a favor de mis patrocinados, debiendo su Despacho disponer -previa audiencia- fundada la presente solicitud y en su oportunidad PROTEGER EL DERECHO DE ABSTENERSE A DECLARAR de mis patrocinados; asimismo se dicte las medidas de corrección pertinentes para un correcto levantamiento de actas de declaración; NOTIFICANDOSE, al representante de la Primera Fiscalía Coorporativa Penal de Chiclayo, para que acuda a la audiencia y presente la respectiva Carpeta fiscal,. Debiéndoseles notificar en el Edificio del Ministerio Público; pedido que sustento en los siguientes fundamentos:
1.- VULNERACIÓN DEL DERECHO DE ABSTENERSE A DECLARAR
1.1. Fundamentos de hecho
A. Que, con fecha primero de abril del año en curso, mis patrocinados en cumplimiento a una citación policial acudieron en compañía del suscrito a la División de Seguridad de El Estado de ésta ciudad, a efectos de brindar su declaración como imputados de supuestos hechos ocurridos contra la Policía Nacional en la ciudad de Ollotun, declaración que se desarrolló en presencia del representante del Ministerio Público.
B. Que, luego de tomadas las generales de ley de mis patrocinados; se procedió “inmediatamente” a la toma de su declaración, sin que la Policía Nacional y/o el Ministerio Público le hayan hecho saber cuáles eran los derechos que tenían ambos imputados. Entre ellos el derecho de abstenerse de declarar.
C. Que, empezadas las declaraciones mis patrocinados luego de haber conferenciado con mi persona, decidieron no declarar; y así lo manifestaron en el acto procesal de declaración.
D. Que, Sin embargo, ocurre que con fecha dos de abril mis patrocinados han sido citados nuevamente para que rindan su manifestación, lo que vulnera su derecho a no declarar, amparado constitucionalmente y por la norma procesal penal vigente.
1.2. Fundamentos de Derecho.
A. Que, el inciso 2 del Art. 71º del Código Procesal Penal, establece que “Los Jueces, los Fiscales o la policía nacional deben hacer saber al imputado de manera inmediata y comprensible que tiene derecho a: d) ABSTENERSE DE DECLARAR”.
B. Que, éste derecho Señor Juez debe ser interpretado en armonía con el inciso 2 del Art. IX del Título preliminar del Código Procesal Penal, que taxativamente dispone “Nadie puede ser obligado o inducido a declarar…”. Norma que está implícitamente recogida en el inc. A Numeral 4 del Art. 2º de la Constitución Política del El Estado.
1.3. Conclusión.
Señor Juez, en el presente caso se ha dispuesto una nueva notificación para declarar dirigida a mis patrocinados, quienes ya han manifestado que están haciendo uso de su derecho a no declarar; por lo que la insistencia de la Fiscalía para que estos declaren cae en el supuesto normativo antes mencionado de que nadie puede obligado o inducido a declarar; en tal sentido se ha vulnerado este derecho irrestricto que tiene todo imputado, por lo que se deberá disponer las medidas de protección que corresponda.
2.- VULNERACIÓN DEL DERECHO AL DEBIDO PROCESO y DERECHOS DEL IMPUTADO
2.1. Fundamentos de hecho y derecho.
A. Señor Juez, que conforme se podrá observar oportunamente de las actas de declaración de mis patrocinados -que constan en la Carpeta fiscal-, así como de los demás involucrados en la presente investigación; se ha inobservado el procedimiento establecido por ley.
B. Que, en el presente caso, no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el inciso 02 y 03 del art. 71º del Código Procesal penal; vulnerando con ello el derecho al debido proceso que tiene toda persona comprendida en un proceso penal, pues no se le leyó sus derechos y menos se plasmó los mismos en el acta.
C. Que, es de precisarse, que no se ha hecho conocer inmediata y comprensiblemente a mis patrocinados sobre sus derechos antes de declarar conforme se puede observar de las mismas actas pues no se ha plasmado en las mismas tal circunstancia conforme así lo dispone el inciso tres del artículo setenta y uno del cuerpo legal antes citado, por lo que deberá disponerse las medidas de corrección necesarias.
3.- MEDIOS PROBATORIOS QUE SUSTENTAN EL PEDIDO
3.1 CARPETA FISCAL.- Que, contiene las acta de declaración y notificaciones que vulneran los derechos de mis patrocinados y que su Despacho se servirá requerir su presentación al Representante del Ministerio Público- Primera Fiscalía Coorporativa Penal de Chiclayo;
3.2. Se ofrece como medio probatorio documental las ACTAS DE DECLARACIÓN DE MIS PATROCINADOS VICTOR RAUL TORRES GAMONAL Y ALEIDA SANCHES MORALES (contenida en la carpeta fiscal); con esta documental se prueba que mis patrocinados hicieron uso de su derecho de abstenerse a declarar”.
3.3 DOCUMENTAL: CITACIONES dirigidas a mis patrocinados de fecha 02 de abril del 2009 (contenida en la carpeta fiscal); con estos documentos se prueba que mis patrocinados están siendo obligados e inducidos a declarar”.
3.4. DOCUMENTAL: Copia simple de escrito de apersonamiento y citación policial.- Con estos documentos acredito la existencia de la presente investigación y mi designación como Abogado.
Que, en tal sentido Señor Juez solicito se sirva señalar audiencia para la verificación de la presente solicitud de TUTELA DE DERECHOS, conforme a Ley.-
Chiclayo, 03 de abril del 2009
miércoles, 23 de septiembre de 2009
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